En general, el Tribunal de Justicia Administrativa Municipal, es competente para conocer de los actos emitidos por la administración pública municipal de Victoria, sus organismos descentralizados y empresas de participación municipal
cuando éstas últimas realicen funciones administrativas de autoridad, dictados, ordenados, ejecutados o que se pretenda ejecutar o traten de ejecutar en agravio de los particulares; de resoluciones que determinen la existencia de una obligación fiscal, ya sea que la misma se haya fijado en cantidad líquida o se hayan dado las bases para su liquidación, se niegue la devolución de un ingreso indebidamente percibido o cualquiera otra que cause agravio en materia fiscal; negativas fictas; afirmativas fictas; el procedimiento económico-coactivo cuando no se ha ajustado a las normas fiscales; las resoluciones administrativas de carácter fiscal favorable a los particulares; que impongan sanciones no corporales por infracción a las leyes y reglamentos municipales; las dictadas en materia de pensiones a cargo del erario del municipio de Victoria; cualquier acto u omisión definitivos de la autoridad administrativos de los municipios y de las entidades municipales, que afecten los intereses de los particulares; entre otras (artículo 337 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas).